Condiciones

FORMULARIO DE SOLICITUD DE CUADERNO ATA   nº 103604

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA CAMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACION DE BARCELONA

Cabecera
Datos personales



Datos empresa


solicita de esa Corporación, de su digna presidencia, le sea expedido un Cuaderno ATA, acogido al Convenio de:

Tipo de cuaderno

(Señálese con una cruz el recuadro correspondiente al Convenio aplicable)

a beneficio del material que, en relación al dorso se detalla, y cuyo valor comercial se indica, del cual es propietaria la persona o entidad solicitante.

El cuaderno solicitado debe ser valedero para los siguientes países:

Paises

(Cuando deba utilizarse el cuaderno para más de una entrada en el mismo país, indíquese el número de entradas a continuación del nombre del país)


El titular del cuaderno estará representado ante las aduanas por el/los siguiente/s representante/s.

La Empresa o persona solicitante estará representada por
 
 
 

Rellenar en el caso que la Empresa esté representada por dos representantes

Rellenar en el caso que la Empresa esté representada por dos representantes
 
 
 

(Cítese los datos personales del encargado de utilizar el Cuaderno ATA en las Aduanas)

A tales efectos, el abajo firmante se compromete, en nombre propio o de la Empresa que representa, a:

  1. Reimportar, en territorio Comunitario, el material que se indica dentro de los plazos autorizados.
  2. Cumplir lo ordenado, para la utilización de los Cuadernos ATA, por las Administraciones aduaneras españolas y de los países de destino o tránsito visitados con el material en cuestión.
  3. Presentar a las autoridades aduaneras la documentación adicional requerida, según la tipología de mercancía descrita en el cuaderno ATA (por ejemplo: CITES, documentación vehículos, permisos, autorizaciones, etc.).
  4. Satisfacer a la Administración aduanera del país de importación de dicho material, en caso de venta, cesión, abandono, pérdida, robo, destrucción fortuita, omisión del trámite aduanero de reexportación, reexportación en fecha posterior al plazo autorizado de estancia en el país, etc., el importe de los derechos de importación y otras tasas correspondientes en vigor, o bien.
  5. Reembolsar a la Cámara todas las sumas que, en concepto de derechos Aduaneros y tasas, deba abonar, a las autoridades Aduaneras extranjeras, y de cuantos gastos origine la cancelación definitiva de este documento.
  6. Devolver a la Cámara el Cuaderno ATA, para su regularización, dentro de los treinta días siguientes a su caducidad o antes, si no les es ya necesario.

En garantía de este compromiso, el abajo firmante se declara conforme en entregar a la Cámara:

Garantía

por un importe en consonancia con el valor del material indicado, para responder de las reclamaciones, de aduanas extranjeras, que puedan derivarse del uso de este Cuaderno ATA, según lo previsto en el artículo 6 del Convenio Aduanero sobre Cuadernos ATA de 1961 y artículo 8 del Convenio de Estambul de 1990. No obstante, la Cámara se reserva el derecho de reclamar, al titular del presente documento, los importes abonados en virtud del Artículo 6 del Convenio ATA, y cuya cuantía exceda del importe de la garantía prestada.

Si la empresa solicitante del Cuaderno ATA optase por la póliza de seguro como forma de garantía e incumpliese cualquiera de los compromisos detallados en este documento, la Compañía aseguradora se reserva el derecho de reclamarle los importes abonados en virtud del Artículo 6 del Convenio ATA y la Cámara no emitirá ningún otro Cuaderno con esta forma de garantía.

La garantía depositada mediante talón conformado o en efectivo, será reintegrada por la Cámara mediante talón a nombre de la empresa, cuando la Cámara considere regularizado el Cuaderno expedido. En el caso que la empresa hubiera optado por la póliza de seguro como garantía, no se reintegrará importe alguno.

19 de marzo de 2024

EL SOLICITANTE,
(Firma y sello de la Empresa)

NOTA IMPORTANTE: La entidad emisora del cuaderno declina toda responsabilidad por las dificultades que puedieran producirse en el caso de que las autoridades aduaneras, españolas o extranjeras, juzgasen insuficiente el valor declarado del material.

N.º de orden N.º d'ordre Item Nº Designación comercial de las mercancías y en su caso, marcas y números Désignation commerciale des marchandises et, le cas échéant, marques et numéros Trade description of goods and marks and numbers, if any Número de Piezas Nombre de Pièces Number of Pieces Peso o Volumen Poids ou Volume Weight or Volume * Valor * Valeur * Value ** País de origen ** Pays d'origine ** Country of origin
SUMA Y SIGUE / TOTAL ou A REPORTER / TOTAL or CARRIED OVER  
  • * Valor comercial en el país de emisión y en su moneda, salvo indicación contraria.
  • * Valeur commerciale dans le pays d'émission et dans sa monnaie, sauf indication contrarie.
  • * Commercial value in country of issue and in its currency, unless otherwise stated.
  • ** Indicar el país de origen si es diferente del país de emisión del cuaderno, utilizando el código internacional de los países ISO.
  • ** Indiquier le pays d'orige s'il est différent du pays d'émission du carnet en utilisant le code international des pays ISO.
  • ** Show country if different from country of issue of the carnet, using ISO country code.

Añadiendo lineas para las mercancías,
espere por favor...

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