

La Cambra de Comerç de Barcelona celebrará elecciones para renovar el Pleno de la Cambra, su órgano de gobierno y representación.
En este proceso electoral podrán votar todas aquellas personas, físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, que ejerzan actividades comerciales, industriales, de servicios o navilieras y/o tengan su domicilio (social/fiscal) dentro de la demarcación de la Cambra de Barcelona que formen parte del censo electoral.
Consulta aquí la información disponible actualmente sobre el proceso electoral:
Los y las aspirantes a ser proclamados/as candidatos/as que estén interesados/as en conocer los datos del censo electoral, deberán hacer la petición a través del formulario. Solamente podrán acceder a los datos censales correspondientes al grupo y categoría en los que tengan la condición de elector o electora.
La solicitud de los datos deberá presentarse presencialmente en el Registro de la Cambra -Avenida Diagonal, 452 - 08006 Barcelona- en horario de atención al público, o por correo electrónico en eleccionscambra23@cambrabcn.cat (en el caso de presentación por correo electrónico, la firma tiene que ser con certificado digital de la persona física en caso de autónomo/a, o de la persona representante en caso de persona jurídica).
• 52 miembros, ya sean personas físicas y/o jurídicas elegidas mediante sufragio libre, igual, directo y secreto, entre todos los electores/as de la Cambra, clasificados por grupos y categorías.
• 2 miembros, elegidos entre las empresas de mayor aportación voluntaria que figuren en el censo.
• 6 miembros, elegidos a propuesta de las organizaciones empresariales, territoriales e intersectoriales más representativas.
El censo electoral se estructura en Grupos y Categorías según la actividad empresarial que se lleva a cabo que escogen el total de los 52 representantes del Pleno elegidos mediante sufragio.
Concretamente, cada Grupo y Categoría eligirá los y las miembros que los/las han de representar en el Pleno de la Cambra.
No obstante, hay que recordar que las actividades profesionales que llevan a cabo profesionales como los médicos, abogados, arquitectos, informáticos, farmacéuticos, agricultores, entre otros, que ejercen su profesión en el ámbito personal/individual como autónomos, no forman parte del censo cameral, sino del colegio profesional correspondiente. Ahora bien, sí que pueden formar parte de él cuando se han constituido en una sociedad mercantil o bien a título personal/individual, siempre que tengan un IAE empresarial recogido en el Reglamento de Régimen Interior de la Cambra.
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